
La lucha que viene sosteniendo el colectivo feminista respecto a las desigualdades laborales de género fueron visibilizando y concientizando a la sociedad sobre esta injusticia al punto tal que hoy es un tema en agenda en medios, en política, entre otros ámbitos.
Es importante entender el planteo de Foucault sobre la biópolitica para analizar el patriarcado como un SISTEMA y luego su impacto en el ámbito laboral. El sociólogo nos invita a pensar la normalización como censura a modos distintos de organización dentro de la familia, de esta manera la heteronorma establece dispositivos para que se legitimen prácticas en las que los hombres sirven para reproducir bienes y las mujeres para cuidar familias con el fin último de garantizar la sostenibilidad de Estado, garante de las relaciones sociales existentes (status quo)
En este apartado nos proponemos asomar una conclusión sobre la cuestión económica, en particular sobre la BRECHA LABORAL DE GENERO. El sistema patriarcal relega a la mujer a ámbitos laborales tales como el cuidado de personas o tareas de limpieza, y asi NORMALIZA esas prácticas sociales. En fin, propone una división sexual del trabajo expulsando a la mujer a empleos con altas tasas de precariedad, reservando puestos de reconocimiento económico y simbólico a los hombres.
En este marco nos proponemos re pensar la brecha salarial de género, según la ONU equivale al porcentaje resultante de dividir dos cantidades: la diferencia entre el salario de los hombres y las mujeres, dividida entre el salario de los hombres. Este porcentaje es la respuesta a la siguiente pregunta. ¿Cuánto más cobran de salario los hombres que las mujeres?
La percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo, es violencia económica y así se encuentra específicamente detallado en el art. 5 de la “Ley de protección integral a las mujeres” N° 26485.
Las mujeres que hacen uso de la licencia por maternidad perciben asignaciones familiares durante ese periodo que no son remunerativas por lo cual no se encuentran dentro del cálculo del sueldo anual complementario. La posibilidad de realizar horas extras también constituye un ámbito de desigualdad, la Encuesta a Trabajadores de Empresa (ETE) realizada en 2009 arrojaba que solo el 8% de las mujeres cobraba un monto adicional a su salario mientras que esa proporción llegaba a 17% en el caso de los varones. Teniendo en cuenta que la Ley de contrato de trabajo (art. 176 LCT) las mujeres no pueden realizar trabajos insalubres ni de nocturnidad se advierte un mayor diferencial a favor de los hombres sobre trabajos mejores pagos, cabe destacar que esa ley se sancionó en 1924.
La discriminación de la mujer en el mercado laboral es una realidad ya irrefutable, pero esto no responde a la productividad o nivel educativo que se ha alcanzado, sino a la desestimación del trabajo de las mujeres solo por su condición sexual. Los datos oficiales lo evidencian, la legislación lo reconoce y el movimiento feminista lo reclama históricamente. Porque claro está que el mercado laboral no se encuentra ajeno a los estereotipos de género. Existen otros tipos de trabajos, destinados mayoritariamente a los hombres y que responden a la toma de decisiones y a la idea de masculinidad ligada a la fuerza.
En este sentido, la brecha salarial sirve para reforzar las estructuras patriarcales de nuestra injusta sociedad, por eso es necesario revertir estas diferencias, incentivando en los lugares de trabajo el ascenso de mujeres a puestos de decisión, promover espacios de contención para la maternidad, redistribuyendo la riqueza y repartiendo los tiempos y los cuidados.
Imagen: iStock.

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